LEGISLACIÓN LABORAL - CONTABILIDAD PRIMER GRADO - CICLO BÁSICO - NIVEL MEDIO

 

Legislación Laboral

Legislación laboral, derecho laboral, derecho del trabajo o derecho social es una rama del derecho cuyos principios y normas jurídicas tienen por objeto la tutela del trabajo humano realizado en forma libre, por cuenta ajena, en relación de dependencia y a cambio de una contraprestación. Es un sistema normativo heterónomo y autónomo que regula determinados tipos de trabajo dependiente y de relaciones laborales.

Las normas jurídicas que regulan la relación entre patrono (dueño de la empresa) y trabajador (persona que presta servicios que son retribuidos por otra persona) en Guatemala, están: Constitución Política de la República de Guatemala, Código de Trabajo entre otras.

Prestaciones Laborales

Son las retribuciones complementarias al sueldo que el empleador otorga a sus trabajadores, derivadas de la relación laboral; estas pueden ser forma monetaria o socio cultural.

Para el cálculo de todas las prestaciones laborales se toma el año de 365 días, meses según calendario y los días adicionales.    “Las prestaciones laborales no están afectas a ninguna deducción”.


Las prestaciones son las siguientes:

Bonificación Incentivo

Base Legal: Decreto 37-2001

Bonificación Anual (Bono 14)

Base Legal: Decreto No. 42 -92

Aguinaldo

Base Legal: Decreto No. 76-78 y Constitución Política de la República de Guatemala Artículo 102 inciso j.

Vacaciones

Base Legal: Articulo 134  Código de Trabajo

Indemnización

Base Legal: Articulo 102 CPRG y Código de Trabajo

 

Bonificación Incentivo

Es una bonificación mensual creada a favor de los trabajadores del sector privado y de cualquier actividad que desempeñen. El monto es de Q. 250.00 y se debe pagar junto al sueldo mensual devengado.

           

Bonificación Anual (Bono 14)

Es una prestación laboral obligatoria para cualquier patrono, tanto del sector público y privado. Se paga una vez al año una bonificación equivalente a un salario ordinario que devengue cada trabajador, cuando ha prestado sus servicios durante 1 año ininterrumpido; de ser menor el tiempo, el pago será proporcional al tiempo laborado.

 

Aguinaldo

Esta prestación consiste en otorgar a todos los trabajadores un pago  anual equivalente al 100% del suelo ordinario mensual que devenguen, por un año de servicios prestados continuos o la parte proporcional si el empleado hubiese trabajado menos 1 año a la fecha del pago del aguinaldo

 

Vacaciones

Todo trabajador si excepción, tiene derecho a un periodo de vacaciones reenumeradas después de cada año de trabajo continuo al servicio de un mismo patrono, cuya duración mínima es de 15 días hábiles.

 

Indemnización

Esta prestación se paga a un trabajador afectado por despido injustificado, por causa justa del empleado o cuando el trabajador termina el contrato por razones basadas en el artículo 79 del Código de Trabajo. Esta prestación consiste en retribuir al empleado con un mes de salario por cada año de servicios continuos, si la relación laboral fuere menor a un año, la prestación será proporcional al tiempo laborado.

 

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