LEGISLACIÓN LABORAL - CONTABILIDAD PRIMER GRADO - CICLO BÁSICO - NIVEL MEDIO
Legislación Laboral
Legislación laboral, derecho laboral, derecho del trabajo o derecho social es una rama del derecho cuyos principios y normas jurídicas tienen por objeto la tutela del trabajo humano realizado en forma libre, por cuenta ajena, en relación de dependencia y a cambio de una contraprestación. Es un sistema normativo heterónomo y autónomo que regula determinados tipos de trabajo dependiente y de relaciones laborales.
Las normas jurídicas que regulan la relación entre patrono (dueño de la empresa) y trabajador (persona que presta servicios que son retribuidos por otra persona) en Guatemala, están: Constitución Política de la República de Guatemala, Código de Trabajo entre otras.
Prestaciones Laborales
Son las retribuciones complementarias al sueldo que el empleador otorga a sus trabajadores, derivadas de la relación laboral; estas pueden ser forma monetaria o socio cultural.
Para el cálculo de todas las prestaciones laborales se toma el año de 365 días, meses según calendario y los días adicionales. “Las prestaciones laborales no están afectas a ninguna deducción”.
Las prestaciones son las siguientes:
Bonificación Incentivo
Base Legal: Decreto 37-2001
Bonificación Anual (Bono 14)
Base Legal: Decreto No. 42 -92
Aguinaldo
Base Legal: Decreto No. 76-78 y Constitución Política de la República de Guatemala Artículo 102 inciso j.
Vacaciones
Base Legal: Articulo 134 Código de Trabajo
Indemnización
Base Legal: Articulo 102 CPRG y Código de Trabajo
Bonificación Incentivo
Es una bonificación mensual creada a favor de los
trabajadores del sector privado y de cualquier actividad que desempeñen. El
monto es de Q. 250.00 y se debe pagar junto al sueldo mensual devengado.
Bonificación Anual (Bono
14)
Es una prestación laboral obligatoria para cualquier
patrono, tanto del sector público y privado. Se paga una vez al año una
bonificación equivalente a un salario ordinario que devengue cada trabajador,
cuando ha prestado sus servicios durante 1 año ininterrumpido; de ser menor el
tiempo, el pago será proporcional al tiempo laborado.
Aguinaldo
Esta prestación consiste en otorgar a todos los
trabajadores un pago anual equivalente
al 100% del suelo ordinario mensual que devenguen, por un año de servicios
prestados continuos o la parte proporcional si el empleado hubiese trabajado
menos 1 año a la fecha del pago del aguinaldo
Vacaciones
Todo trabajador si excepción, tiene derecho a un
periodo de vacaciones reenumeradas después de cada año de trabajo continuo al
servicio de un mismo patrono, cuya duración mínima es de 15 días hábiles.
Indemnización
Esta prestación se paga a un trabajador afectado por
despido injustificado, por causa justa del empleado o cuando el trabajador
termina el contrato por razones basadas en el artículo 79 del Código de
Trabajo. Esta prestación consiste en retribuir al empleado con un mes de
salario por cada año de servicios continuos, si la relación laboral fuere menor
a un año, la prestación será proporcional al tiempo laborado.
hola
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